La Sentencia 3019/2017 de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, de 18 de julio de 2017 aclara que los administradores sociales, tanto los de derecho, como los de hecho, serán responsables solidarios por las deudas contraídas por la sociedad como consecuencia de un despido, declarado improcedente después del acaecimiento de una causa de disolución.

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